lunes, 22 de noviembre de 2010

22-11-49 / 22-11-10: 61 años de gratuidad universitaria



LEY 26.320

DIA NACIONAL DE LA GRATUIDAD DE LA ENSEÑANZA UNIVERSITARIA

- Sancionada: Noviembre 21 de 2007 y Promulgada de Hecho: Diciembre 12 de 2007

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

El 22 de noviembre del año 1949, el entonces presidente de la Nación Juan Domingo Perón firmó y promulgó el Decreto 29.337, con los siguientes considerándoos:

- Que el engrandecimiento y auténtico progreso de un pueblo estriba en gran parte en el grado de cultura que alcanza cada uno de los miembros que lo componen;

- Que por ello debe ser primordial preocupación del Estado disponer de todos los medios a su alcance para cimentar las bases del saber, fomentando las ciencias, las artes y la técnica en todas sus manifestaciones;

- Que atendiendo al espíritu y a la letra de la nueva Constitución es función social del Estado amparar la enseñanza universitaria a fin de que los jóvenes capaces y meritorios encaucen sus actividades siguiendo los impulsos de sus naturales aptitudes, en su propio beneficio y en el de la Nación misma;

- Que como medida de buen gobierno, el Estado debe prestar todo su apoyo a los jóvenes estudiantes que aspiren a contribuir al bienestar y prosperidad de la Nación, suprimiendo todo obstáculo que les impida o trabe el cumplimiento de tan notable como legítima vocación;

- Que dentro de la Nación y de acuerdo con la Misión específica que la ley les impone, son las Universidades especialmente, las encargadas de difundir la cultura y formar la juventud;

- Que una forma racional de propender al alcance de los fines expresados es el establecimiento de la enseñanza universitaria gratuita para todos los jóvenes que anhelen instruirse para el bien del país.



Con base en estos históricos contenidos señor presidente, y teniendo en cuenta principalmente:

- Que en su parte resolutiva el mencionado Decreto 29.337 del año 1949 suspendió, con anterioridad al 20 de junio de 1949 el cobro de los aranceles universitarios vigentes hasta ese momento.

- Que los libros de historia y tratados sobre el desarrollo y la problemática universitaria argentina no han recogido este antecedente, sea por olvido, por razones ideológicas o políticas.

- Que a partir de dicha fecha, las Universidades Nacionales suprimieron un arancel lo que posibilitó que millones de argentinos hijos de trabajadores, pudieran acceder a la cultura, a la educación superior y a la formación profesional universitaria.

- Que esta medida permitió que no quedaran inteligencias perdidas por exclusión económica, dando las bases para el ascenso social como fruto digno del esfuerzo, del estudio y del trabajo a toda la población argentina, especialmente a los más humildes.

- Que esta medida es una de las Políticas de Estado de mayor importancia social, cultural, científica y económica del País, junto a otras que posibilitaron la creación de empleo, riqueza y su justa distribución, haciendo real el acceso a la educación, la salud y la vivienda para todos.

- Que el Decreto 29.337 del año 1949 ha sido olvidado, como lo han sido muchos otros hitos históricos que marcaron una clara vocación de colocar al Estado en el rumbo de asumir su misión social, de crear y redistribuir la riqueza material y espiritual de la Nación para todo el pueblo argentino.

- Que el camino que marcó ese Decreto el 22 de noviembre de 1949, a pesar de los golpes de Estado y de las dictaduras sangrientas que asolaron a nuestro país y denostaron a los hacedores de la Patria, no pudo ser revertido durante los cincuenta y siete años que han pasado desde su promulgación.

- Que la gratuidad de la enseñanza universitaria pública sigue siendo hoy una realidad, patrim

onio de toda la sociedad argentina.

Es por estas razones señor Presidente, que es nuestra misión en el Honorable Congreso de la Nación Argentina recordar dicho Decreto, que tanto beneficio significó para el pueblo y la Nación Argentina, ante lo cual le solicito a mis pares, acompañen el proyecto de ley presentado.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Establecer el día 22 de noviembre como "Día Nacional de la Gratuidad de la Enseñanza Universitaria".

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.320 —

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